Última actualización: 4 de octubre de 2026
American Global Freights es una empresa estadounidense y un NVOCC con licencia de la FMC. Cumplimos las sanciones de EE. UU. que administra la OFAC y las Export Administration Regulations (EAR) que administra el Bureau of Industry and Security (BIS), y esperamos lo mismo de nuestros socios y clientes. Esta política se aplica a todos los envíos que gestionamos, en todas las rutas, también cuando intervienen nuestros agentes asociados y nuestro representante autorizado.
Dónde no operamos envíos
No gestionamos envíos con destino a países y regiones sometidos a sanciones integrales, con origen en ellos o en tránsito por ellos —actualmente, entre otros, Cuba, Irán, Corea del Norte, y Crimea y las denominadas regiones de Donetsk y Lugansk de Ucrania—, ni para partes ubicadas allí.
Como política de la empresa, no enviamos mercancía a Rusia o Bielorrusia ni para partes de esos países, y no encaminamos carga a través de Rusia, Bielorrusia o Irán en ninguna ruta, incluidas las rutas hacia y desde Asia Central y el Cáucaso. La carga de superficie con destino a Kazajistán y Asia Central se mueve por el Corredor Medio a través de Georgia y el Caspio, a través de China o por vía aérea.
Verificación en cada envío
Verificamos al remitente, al consignatario, a la parte a notificar (notify party) y al usuario final conocido frente a las listas de partes restringidas del Gobierno de EE. UU., incluidas la lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN) de la OFAC y la Entity List del BIS.
Confirmamos el usuario final y el uso final antes de reservar, y aplicamos una diligencia debida reforzada en los corredores que las autoridades de EE. UU. y de la UE identifican como de riesgo de transbordo —incluidos Kazajistán, Kirguistán, Armenia, Georgia y los Emiratos Árabes Unidos—, en particular para vehículos, electrónica, maquinaria y otros artículos de la Common High Priority List.
Lo que pedimos a los remitentes
Una descripción, un valor y una cantidad exactos de las mercancías; el consignatario, el usuario final y el uso final reales; la clasificación de exportación (ECCN o EAR99) y el número de Schedule B determinados por el exportador; y cualquier licencia que requieran las mercancías. En el caso de vehículos usados, el título de propiedad original debe llegar a la CBP al menos 72 horas antes de la exportación, y se presenta la información electrónica de exportación (Electronic Export Information, EEI) de cada vehículo.
Podemos solicitar una declaración de usuario final o documentos justificativos. Las decisiones de clasificación y de licencias siguen siendo responsabilidad del exportador conforme a las EAR; presentamos lo que usted nos proporciona y rechazamos los envíos cuyos datos no cuadran.
Trabajo forzoso e importaciones
La legislación de EE. UU. veda las mercancías fabricadas total o parcialmente con trabajo forzoso, y la Uyghur Forced Labor Prevention Act (UFLPA) presume que las mercancías con insumos procedentes de Xinjiang están excluidas. Esperamos que los importadores dispongan de documentación de la cadena de suministro capaz de refutar esa presunción, y podemos rechazar la carga cuando no se pueda demostrar el origen de los insumos.
Cuándo detenemos un envío
Rechazaremos, retendremos o devolveremos cualquier envío que presente señales de alerta que no podamos resolver —por ejemplo, un cambio de consignatario sin explicación, un destino que no encaja con el producto o una solicitud de encaminar la carga por un tercer país sin una razón comercial—, e informaremos a las autoridades cuando la ley lo exija.
Consultas sobre cumplimiento: info@agfreights.com.